Sérgio Moro: El comisario notifica para oír, y la CPI (Comisión Parlamentaria de Investigación) tiene poderes investigativos propios de las autoridades policiales – e incluso poderes también equivalentes a la autoridad judicial, en algunos casos, salvo hipótesis de una reserva judicial absoluta –, sin embargo, hemos visto una profusión de ausencias en las CPIs, con el pretexto de protección del derecho al silencio.
Sérgio Moro: Respeto ese entendimiento de una parte del Supremo, de que la persona tiene la posibilidad incluso de no comparecer, pero no veo eso con facilidad como un desdoblamiento natural del derecho al silencio.
El derecho al silencio significa que alguien, llamado a declarar, en calidad de investigado, o incluso en calidad de testigo, ante una pregunta cuya respuesta pueda tener carácter autoincriminatorio, sí, tiene derecho a callar.
Sérgio Moro: Está en nuestra Constitución. Es una conquista que viene de tiempos antiguos, en una propia afirmación de las libertades fundamentales, que podemos remontar incluso a precedentes anteriores a la Revolución Gloriosa, en Inglaterra, en el siglo XVII.
Sérgio Moro: Ahora, simplemente ausentarse, ignorar la convocatoria Parlamentaria, desacredita al propio instituto de la Comisión Parlamentaria de Investigación.
